# Fianza

Al crear un contrato de alquiler, el importe de la fianza indicado en el contrato se registra automáticamente como ingreso en la sección «Finanzas».

#### Registro manual de la fianza

Si lo necesita, también puede añadir manualmente una fianza cobrada:

- Vaya a la sección «Finanzas».
- Cree un ingreso de tipo «Fianza».
- Se generará automáticamente un recibo para esta operación.
- También puede marcar la casilla «Importe indicativo» para excluir este importe de los totales financieros.

#### Devolución de la fianza

Al final del alquiler, puede registrar la devolución de la fianza:

- Cree un gasto de tipo «Remboursement : Dépôt de garantie» (devolución de la fianza).
- Se generará un documento de devolución con los datos introducidos.
- También puede marcar la casilla «Importe indicativo» para excluir este importe de los totales financieros.

#### Retención parcial sobre la fianza

En caso de retención parcial, proceda de la siguiente manera:

- Cree un gasto de tipo «Remboursement : Dépôt de garantie».
- En el campo de mensaje, indique el detalle de las retenciones (por ejemplo: reparaciones, rentas impagadas…).
- También puede marcar la casilla «Importe indicativo» para excluir este importe de los totales financieros.

#### Ninguna devolución

Si conserva la totalidad de la fianza, no es necesaria ninguna acción en la aplicación.

### Plazo de devolución de la fianza

Deberá devolver la fianza a la salida del inquilino en un plazo máximo de

- **1 mes** si el inventario de salida es conforme al inventario de entrada;
- **2 meses** si el inventario de salida revela diferencias con el inventario de entrada,

tras la entrega de las llaves (deducidos los importes que el inquilino le siga adeudando, debidamente justificados).

Para registrar la devolución de la fianza, hay que añadir un gasto desde la sección «Finanzas» e introducir el importe que se debe devolver.

También puede hacerlo en el momento de registrar la salida del inquilino.

### Retención sobre la fianza

Según la jurisprudencia, el propietario está autorizado a conservar el 20 % de la fianza para garantizar la regularización de los gastos hasta la liquidación de cuentas.

La ley permite al propietario deducir de la fianza los importes que se le sigan adeudando, como por ejemplo:

- **rentas impagadas**,
- **gastos impagados**,
- **obras a cargo del inquilino**,
- **desperfectos**.

En este caso, el arrendador está obligado a justificar la retención que practica sobre la fianza entregando al inquilino documentos como:

- **inventario de entrada y de salida**,
- **fotos**,
- **acta notarial**,
- **facturas**,
- **presupuestos**,
- **carta de reclamación de rentas impagadas que ha quedado sin respuesta**.

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